| Registro
Municipal de Uniones Civiles: |
El Registro Municipal
de Uniones Civiles del Ayuntamiento de Lardero es un Registro de carácter
administrativo regulado por el y aquella normativa que con carácter
complementario al mismo se pueda dictar.
En el mismo pueden inscribirse las uniones estables constituidas
por personas de distinto o del mismo sexo y las familias derivadas
de las mismas, así como las modificaciones y terminación
de dicha unión, cualquiera que sea la causa. Al menos uno de
los miembros de la unión civil deberá estar empadronado
en el muniicpio de Lardero.
Sin perjuicio de lo que establezca la legislación vigente,
a efectos internos municipales, todas las uniones convivenciales de
hecho debidamente inscritas en el Registro Municipal, tienen la misma
consideración administrativa que las uniones matrimoniales.
| Procedimiento
para la inscripción: |
Las inscripciones deben
realizarse, previa solicitud conjunta de los miembros de la unión
y tramitación del oportuno expediente administrativo, mediante
comparecencia personal y conjunta de las personas ante el funcionario
encargado del registro, para declarar la existencia entre ellas de
una unión de convivencia no matrimonial, así como de
los convenios reguladores de las relaciones personales y patrimoniales
entre los miembros de la unión. Los requisitos son los siguientes:
- Otorgar pleno y libre
consentimiento para la unión de convivencia no matrimonial
- Ser Mayor de edad
o menores emancipados
- No tener entre sí
relación de parentesco por consanguinidad o adopción
en línea recta o colateral en tercer grado.
- No encontrarse incapacitado
para dar el consentimiento necesario para llevar a efecto el acto
o declaración objeto de inscripción.
- No estar sujeto a
vínculo matrimonial.
- No constar inscrito
como integrante de una unión civil no matrimonial en ningún
otro registro de similares características.
La solicitud debe efectuarse
en aportando la siguiente documentación:
- Copia de los D.N.I.
o pasaportes de los miembros de la pareja
- Acreditación
de la emancipación (en caso necesario)
- Certificación
o Fe de Estado, y en su caso, prueba de la disolución de
anteriores vínculos.
- de no tener una relación de parentesto por consanguinidad
o adopción en línea recta directa o colateral en tercer
grado
- de no constar inscrito en otro Registro Municipal de
Características similares.
Una vez presentada la
solicitud, se inicia el corresponidente expediente administrativo,
en el que se comprueba que se reúnen los requisitos necesarios,
y se fija, de acuerdo con los solicitantes, día y hora en que
estos habrán de proceder a ratificar conjuntamente la solicitud
por medio de la comparecencia personal.
En el Registro Municipal de Uniones Civiles se inscribirán,
tanto las altas, como todas las modificaciones a las mismas, y la
extinción, para cuya declaración no será necesaria
la solicitud conjunta.