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Policía Municipal/ Registro Razas Peligrosas
Licencias
y tenencia de perros potencialmente peligrosos
La tramitación
de los expedientes relativos a la concesión de licencias administrativas
para la tenencia de perros potencialmente peligrosos, así como
el Registro de animales potencialmente peligrosos se tramita en las
Oficinas Municipales, lugar a donde deberán acudir los interesados,
en horario de 9 a 14:00 horas, para realizar cualquier trámite
o comunicar cualquier incidencia relacionada con este tema
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Legislación
básica
* Ley 50/1999,
de 23 de diciembre, de Régimen Jurídico de la
Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos (B.O.E.
n 307 de 24 de diciembre de 1999)
* Real Decreto
287/2002, de 22 de marzo, por el que se desarrolla la ley anterior
(B.O.E.
Nº 74 de 27 de marzo de 2002)
* Ordenanza
Reguladora de la Tenencia
y Protección de animales de Compañía del
Ayuntamiento de Lardero
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Requisitos
y documentación necesaria para la solicitud de licencia
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Razas
potencialmente peligrosas, y características de las mismas.
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En todo caso, aunque
no se encuentren incluidos en las razas potencialmente peligrosas,
serán considerados perros potencialmente peligrosos aquellos
animales de la especie canina que manifiesten un carácter marcadamente
agresivo o que hayan protagonizado agresiones a personas o a otros
animales. La potencial peligrosidad habrá de ser apreciada
por la autoridad competente atendiendo a criterios objetivos, bien
de oficio o bien tras haber sido objeto de una notificación
o una denuncia, previo informe de un veterinario, oficial o colegiado,
designado o habilitado por la autoridad competente autonómica
o municipal.