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Vehículos

Que es el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM)

Es un tributo directo establecido con carácter obligatorio en la Ley de Haciendas Locales, de 28 de diciembre de 1988, regulado en sus artículos 92 a 99, ambos inclusive.

La gestión, liquidación, inspección y recaudación del Impuesto, así como la revisión de los actos dictados en vía de gestión tributaria, corresponde al Ayuntamiento de Lardero cuando el domicilio que conste en el permiso de Circulación del vehículo pertenezca a su término municipal, para lo que se ha aprobado la correspondiente Ordenanza Fiscal.

Está obligado al pago del impuesto el titular de un vehículo de Tracción Mecánica según el permiso de circulación.

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Como solicitar el Alta del Vehículo

Si se trata de un vehículo nuevo, el titular o su representante deberá presentar en la oficina de Servicios de Gestión Integral Tributaria, sita en Avda. de La Rioja 8 de Logroño, la siguiente documentación:

  • Ficha técnica del vehículo
  • Fotocopia del D.N.I. o N.I.F. del titular, que deberá estar empadronado en el municipio.
  • Resguardo del abono de las tasas correspondientes

La compraventa de un vehículo ya matriculado obliga a cambiar la titularidad del mismo en el Registro de la Dirección General de Tráfico. La Jefatura de Tráfico comunica mensualmente al Ayuntamiento todas las transferencias tramitadas. Los y las nuevas propietarias tendrán que abonar el impuesto sobre vehículos de tracción mecánica en el siguiente ejercicio.

El cobro de las tasas y tributos es gestionado por la oficina de Servicios de Gestión Integral Tributaria sita en Avda. de La Rioja, 8 de Logroño. Para cualquier consulta sobre el cobro o cambio de domiciliaciones bancarias, deberán dirigirse a dicha oficina, o al número de teléfono 941 898868.

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Exenciones y Bonificaciones

Si se es propietario de un turismo con una antigüedad mínima de 25 años, se puede solicitar una bonificación del 50% en la cuota del impuesto, presentando en la oficina de Servicios de Gestión Integral Tributaria la siguiente documentación:

  • Solicitud de bonificación, indicando características del vehículo, matrícula y causa del beneficio.
  • Permiso de Circulación y Ficha Técnica del vehículo.
  • Declaración responsable de hallarse al corriente de pagos con este Ayuntamiento.

Todas las solicitudes presentadas tendrán efectos a partir del ejercicio siguiente.

Si se tiene una minusvalía de al menos un 33%, se puede solicitar la exención del impuesto de un vehículo a su nombre, presentando en la oficina de Servicios de Gestión Integral Tributaria la siguiente documentación:

  • Solicitud de exención, indicando caractarísticas del vehículo y matrícula.
  • Permiso de Circulación, Ficha Técnica del vehículo y Certificado de Minusvalía.
  • Declaración responsable de que el vehículo es para uso exclusivo de la persona con minusvalía o para su transporte.

Todas las solicitudes presentadas tendrán efectos a partir del ejercicio siguiente.

Horarios de atención

Ayuntamiento:
9:00h a 14:00h
Servicio de Urbanismo:
De Lunes a Viernes de 11:30h a 13:30h

Juzgado de Paz

Teléfono y Fax: 941 294 328
Correo: juzgadopaz.lardero@larioja.org
Dirección: C/ El Carmen, 12. Lardero
Horario de atención al público:
9:00h a 14:00h
Horario del registro civil:
10:00h a 14:00h

OMIC

Oficina Municipal de Información al Consumidor: realizado por Euroconsumo La Rioja
Dirección: planta baja Ayuntamiento
Horario de atención al público:
9:30 a 12:30 los viernes