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Quemas Agrícolas

Información General

La Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente publica cada año las normas y el período de concesión de permisos de quema de rastrojos.

Para solicitar permiso de quema hay que acudir al Ayuntamiento con información exacta del polígono y de la parcela donde se vaya a proceder a la quema y comprobar la ubicación de la parcela.

La localidad se divide en dos zonas: una en la que la quema se autoriza directamente por el Agente Forestal y otra en la que es el propio Ayuntamiento quien da la autorización.

  • Si es competencia del Ayuntamiento, se concede permiso a partir de los dos siguientes de su solicitud con una vigencia de 15 días hábiles y cumpliendo las condiciones indicadas en el permiso.
  • Si es competencia del Agente Forestal, el solicitante deberá comunicarse directamente con él, con información exacta del polígono y parcela.

Normativa

Las quemas agrícolas se encuentran reguladas en el Decreto 58/2005 de 9 de septiembre de 2005, por el que se aprueba el Plan Especial de Protección Civil de Emergencia por Incendios Forestales en la Comunidad Autónoma de La Rioja. (INFOCAR) y en la Orden 12/2012, de 25 de mayo de 2012, sobre prevención y lucha contra los incendios forestales en la Comunidad Autónoma de La Rioja para la campaña 2012-2013.

Documentos de Interés

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De Lunes a Viernes de 11:30h a 13:30h

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Teléfono y Fax: 941 294 328
Correo: juzgadopaz.lardero@larioja.org
Dirección: C/ El Carmen, 12. Lardero
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Dirección: planta baja Ayuntamiento
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