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BASES

PRIMERA Objeto y finalidad

Las presentes bases tienen como objeto regular la convocatoria de Concurso de “Rosquillas” en la tradicional fiesta de “Los Mayos” de Lardero 2026

La finalidad del Concurso de “Rosquillas” es fomentar la elaboración de este tradicional dulce en un día tan señalado para el municipio de Lardero, como es el día de “los Mayos”.

 

Durante el mes de abril las cuadrillas de niños construyen el típico Mayo, un armazón cónico forrado con hojas de chopo, flores y banderitas, que pasearán luego por el pueblo, en la mañana del día 1 de mayo, al son del cantar con el que piden chorizos, huevos, perras y rosquillas. Es costumbre que los vecinos obsequien a las cuadrillas de niños con chorizos, huevos, rosquillas… y en función de lo generosa que haya sido la aportación los niños eligen diferentes estrofas con las que despedirse.

SEGUNDA. Beneficiarios

Podrán tomar parte en este concurso todas aquellas personas que lo deseen con sus rosquillas.

El beneficiario o premiado no podrán estar incursos en alguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

TERCERA. Procedimiento de concesión

La concesión del premio del Concurso de Rosquillas se ajustará a los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación, mediante el procedimiento de concurrencia competitiva.

El procedimiento se iniciará de oficio, con la aprobación de por la Junta de Gobierno Local de Excmo. Lardero de las bases por las que rige la presente convocatoria.

La concurrencia a esta convocatoria supone el conocimiento y la total aceptación de las presentes bases por parte de los participantes.

CUARTA. Cuantía de los premios

Se establece un único premio de 50 EUROS.

QUINTA. Forma y plazo de inscripción

Las Rosquillas deberán presentarse el día 1 de Mayo en la plaza de España a las 12h. Se presentarán 3 rosquillas para la degustación del jurado.

SEXTA. Resolución

la propuesta de concesión del premio formulada por el órgano instructor expresará la relación de participantes para los que se propone conceder los premios, la cuantía asignada y los criterios de valoración seguidos para efectuarla.

SEPTIMA. Publicidad

La resolución del procedimiento concediendo los premios se publicará conforme a los términos previstos en el articulo 18 de la Ley 38/2023 de noviembre, General de Subvenciones, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Lardero (https://sede.lardero.es), así como en su página web (http.//www.lardero.es7)

OCTAVA. Procedimiento de concesión

Ordenación e instrucción. Corresponderá la ordenación e instrucción del procedimiento a la Alcaldesa de Lardero.

Jurado. El jurado calificador estará compuesto por los siguientes miembros:

Presidente: Sr. Concejal de Festejos

Vocales:

Dos representantes del Ayuntamiento.

Un representante del sector de la panadería, pastelería o restauración.

Un representante del público.

Secretario. Concejal de Administración General.

El jurado, a la vista de las evaluaciones realizada, emitirá al que se refiere el artículo 24.4 de la Ley 38/2003 de 17 noviembre, General de Subvenciones, decidiendo el trabajo ganador, y levantará acta del veredicto o fallo y lo remitirá a la Alcaldesa como órgano instructor del procedimiento.

El veredicto del jurado será inapelable, notificando ese mismo día públicamente posteriormente se hará público en la página web del Ayuntamiento de Lardero.

El jurado calificador podrá declarar desierto el premio

El fallo del jurado será el 1 de mayo de 2026, a las 13:30h en la plaza de España.

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